La resolución dictada la semana pasada por la Sala 1ª de lo Civil del Tribunal Supremo, supone la confirmación de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Ávila, que declaró que el Obispado y Diócesis de Ávila es la titular dominical del templo de La Lugareja.
Tras conocerse el auto del Supremo de fecha 2 de noviembre de 2022, notificado el 7, concluye un litigio que había comenzado hace varios años. Así, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, ha inadmitido los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación de Doña María del Carmen San Román contra la sentencia dictada el 6 de julio de 2020 por la Audiencia Provincial de Ávila, que declaró que el Obispado de Ávila es el propietario de la iglesia denominada Asunción de Nuestra Señora de Gómez Román o ermita de la Lugareja, entre otros pronunciamientos favorables al Obispado.
Igualmente, el Tribunal Supremo, en el auto reseñado, declaró la firmeza de la sentencia de la Audiencia Provincial.
La ermita de La Lugareja, situada en el término municipal de Arévalo, es uno de los máximos exponentes del arte mudéjar, tan propio de esta zona de la provincia de Ávila. Construida en el siglo XII, la construcción que aún se conserva corresponde a lo que en su día fue la cabecera de la iglesia del convento cisterciense de Santa María de Gómez Román. Dicho convento fue abandonado hacia 1240 por sus ocupantes, y entregado a monjas de la orden del Císter. Cuenta con un ábside triple decorado con una serie de arcos. Sobre el crucero se encuentra un cimborrio montado en el interior a base de una cúpula sobre pechinas, decorado en la parte exterior por una serie de siete arcos de ladrillo en cada fachada.
Fue declarada monumento histórico-artístico el 4 de junio de 1931.