COMUNICADO: Medidas en la diócesis ante la situación de “riesgo controlado”, declarada por la Junta de Castilla y León

Ante la declaración por parte de la Junta de Castilla y León de la situación de “riesgo controlado” para todo el territorio de la Comunidad, la diócesis de Ávila detalla en qué afecta este nuevo estado a la vida ordinaria de la Iglesia.

Lo más sobresaliente es que esta situación deja sin efecto el Acuerdo 76/2021, del pasado 19 de julio, por el que se establecían restricciones en el ámbito de las procesiones y romerías en vías y espacios públicos, quedando éstas restringidas a un recinto acotado, con un 75% de aforo (y máximo de 1000 personas), y los fieles asistentes siempre sentados. Con esta nueva situación de “riesgo controlado”, estas limitaciones no son aplicables. Si bien la diócesis recuerda que, para la celebración de procesiones y romerías, sigue siendo necesario contar con el permiso de las autoridades civiles correspondientes (ver completo el apartado 5, especificado más abajo).

Asimismo, desde el 1 de octubre, se modifica el modo de proceder respecto de los funerales, recuperando el orden habitual: primero la Misa exequial con la presencia del cuerpo o y después la inhumación (ver completo el apartado 11, especificado más abajo).

Nueva situación

Por tanto, recapitulamos: sigue vigente el apartado II y los puntos 3.1 y 3.2 del Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID19, de la Junta de Castilla y León. En lo que a la Iglesia concierne, se mantienen las siguientes obligaciones.

1.- Distancia de seguridad interpersonal de metro y medio entre no convivientes y la utilización obligatoria de mascarillas en espacios cerrados y cuando no se puede mantener la distancia de seguridad. Lo que de facto establece un límite de aforo que cada responsable de templos tendrá que calcular.

2.- Medidas de higiene y prevención exigibles a todas las actividades:

  • Asegurar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los templos y locales.
  • Los objetos y la ropa litúrgica (que también será de uso personal allí donde celebre más de un sacerdote) se someterán a lavado y desinfección regular, siguiendo el procedimiento habitual.
  • Se realizarán tareas de ventilación periódica en las instalaciones y, cuando se usen de forma diaria, varias veces al día y durante un mínimo de 15 minutos con ventilación cruzada y regular (puertas/ventanas abiertas y con corriente).
  • Durante todo el proceso de atención a las personas, deberá mantenerse la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 m.
  • Se facilitará en el interior de los lugares de culto la distribución de los asistentes señalizando, si fuese necesario, los asientos o zonas utilizables en función de la distancia de seguridad de 1,5 m.
  • Podrán establecerse itinerarios para dirigir la circulación de las personas, evitar aglomeraciones y prevenir el contacto entre ellas.
  • Se pondrá a disposición de los fieles dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida, en lugares accesibles y vivibles, en perfecto estado de uso. Y siempre a la entrada de los templos.
  • Se deberá proceder a la limpieza y desinfección frecuente de cualquier tipo de dispositivo, así como de bancos, sillas, mesas o cualquier otro mobiliario o superficie de contacto que empleen distintas personas.
  • No se permite el agua bendita en las pilas. Sí se puede usar el agua bendecida cuando lo requiera la liturgia.
  • Durante el desarrollo de las reuniones o celebraciones se deberá evitar el contacto personal así como tocar o besar objetos de devoción u otros objetos que habitualmente se manejen.

3.- Se permiten los coros pero estos deberán situarse a más de 4 metros de los asistentes y mantener distancias interpersonales entre los integrantes, usando todos ellos mascarillas.

4.- Catequesis. Se mantiene la actividad catequética presencial normal, con las medidas de distancia e higiene habituales.

5.- Fiestas patronales. Las Eucaristías dependen de la Iglesia, y, por tanto, se pueden celebrar siempre. Para celebrar procesiones y romerías antes hay que obtener el permiso de las autoridades civiles correspondientes.

6.- Conciertos en templos. Se pueden celebrar guardando la distancia de seguridad y el resto de medidas aplicadas en las celebraciones.

7.- Se abrirán los templos para facilitar a los fieles la oración personal según la costumbre de cada lugar, siempre respetando las distancias y medidas de seguridad e higiene.

8.- Reuniones de trabajo, encuentros, conferencias… Pueden realizarse todas las actividades respetando el uso de la mascarilla y el resto de medidas de higiene y distancia.

9.- Pastoral juvenil. Pueden realizarse todas las actividades respetando el uso de la mascarilla y el resto de medidas de higiene y distancia.

10.- Acción caritativa y despacho parroquial. Pueden realizarse todas las actividades respetando el uso de la mascarilla y el resto de medidas de higiene y distancia.

11.- Respecto a los funerales. El 17 de mayo de 2020, la Vicaría General de la diócesis determinaba que “para la celebración de los funerales se establece que primero se haga la inhumación del cuerpo (o la incineración) con el responso correspondiente y con la comitiva que en cada momento permitan las autoridades sanitarias, y después la Misa exequial”. Desde el día 1 de octubre, esta norma queda anulada, retomándose toda la normativa del Directorio diocesano de Exequias, que recoge la tradición secular de celebrar primero la Misa exequial con la presencia del cuerpo o las cenizas del difunto, y después la inhumación.