COMUNICADO: Medidas de la diócesis en los distintos niveles de alerta sanitaria

El Gobierno de España ha decretado de nuevo el Estado de Alarma mediante el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, nombrando a las Comunidades Autónomas “autoridades competentes delegadas” para establecer normas para garantizar la salud de los ciudadanos.

La Junta de Castilla y León ha publicado el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, por el que se establecen los distintos niveles de alerta sanitaria y se aprueba el Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis ocasionada por la COVID-19, y el Acuerdo 78/2020, de 4 de noviembre, que declara el nivel 4 de alerta sanitaria para todo el territorio de la Comunidad y se adoptan medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para la contención de la COVID-19.

En aplicación de esta nueva normativa y las directrices diocesanas que venimos aplicando, éstas son las medidas para la diócesis de Ávila, con conocimiento y aprobación del Obispo:

  1. Distancia de seguridad interpersonal y utilización obligatoria de mascarilla en todo momento y por todos los espacios cerrados. Además, hay que hacer un uso adecuado de la mascarilla, de mod que cubra desde el tabique nasal hasta la barbilla incluida. Asimismo, hay que mantener una correcta higiene de manos.
  2. Se recomienda la limitación de encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable, y que la ciudadanía permanezca en sus casas y salga únicamente para las actividades necesarias e imprescindibles.
  3. Medidas de higiene y prevención exigibles a todas las actividades:
    • Asegurar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los templos y locales.
    • Los objetos y la ropa litúrgica (que también serán de uso personal allí donde celebre más de un sacerdote), se procederá a su lavado y desinfección regular, siguiendo el procedimiento habitual.
    • Se realizarán tareas de ventilación periódica en las instalaciones y, cuando se usen de forma diaria, varias veces al día y durante un mínimo de 15 minutos con ventilación cruzada y regular (puertas / ventanas abiertas y con corriente).
    • Durante todo el proceso de atención a las personas, deberá mantenerse la distancia de seguridad interpersonal de un metro y medio.
    • Se facilitará en el interior de los lugares de culto la distribución de los asistentes, señalizando, si fuese necesario, los asientos o zonas utilizables en función del aforo permitido en cada momento
    • Se señalará de forma clara la distancia de seguridad interpersonal entre las personas, con marcas en el suelo, cartelería o señalización. Podrán establecerse itinerarios para dirigir la circulación de las personas, evitar aglomeraciones y prevenir el contacto entre ellas
    • Se pondrán a disposición de los fieles dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con acción virucida, en lugares accesibles y visibles. Y siempre a la entrada de los templos
    • Se deberá proceder a a limpieza y desinfección frecuente de cualquier tipo de dispositivo, así como de bancos, sillas, mesas o cualquier otro mobiliario o superficie de contacto que empleen distintas personas
    • No se permitirá el uso de agua bendita
    • Se limitará al menor tiempo posible la duración de los encuentros o celebraciones, asegurando la dignidad e integridad de las celebraciones.
    • Durante el desarrollo de las reuniones o celebraciones, se deberá evitar el contacto personal, así como tocar o besar objetos de devoción u otros objetos que habitualmente se manejen.
  4. Aforo. El aforo permitido para todas las celebraciones de Sacramentos (incluidas bodas, funerales, Confirmaciones, etc.) es, según el nivel de alerta:
    • Nivel de alerta 1: del 75%
    • Nivel de alerta 2: del 50%
    • Niveles de alerta 3 y 4: del 50%
    • El aforo máximo deberá publicarse en un lugar visible a la entrada del templo o local. La distancia entre las personas tiene que ser de un metro y medio, salvo entre aquellas que conviven.
  5. Entierros y funerales. Se mantiene la norma de primero dar sepultura al difunto y luego celebrar la Misa de Exequias con el aforo permitivo en cada nivel de alerta. La participación en la comitiva para el enterramiento de la persona fallecida se restringe, según los niveles, a:
    • Nivel de alerta 1: del 75%. Número máximo de 75 personas
    • Nivel de alerta 2: del 50%. Número máximo de 50 personas
    • Niveles de alerta 3 y 4: del 33%. Número máximo de 15 personas
  6. Se permiten los coros, pero éstos deberán situarse a más de 4 metros de los asistentes y mantener distancias interpersonales entre los integrantes, usando todos mascarilla.
  7. Fiestas patronales. No se podrán celebrar procesiones en las fiestas patronales. Sólo se celebrará la Misa de la fiesta.
  8. Se abrirán los templos para facilitar a los fieles la oración personal según la costumbre de cada lugar, siempre respetando las distancias y medidas de seguridad e higiene.
  9. La catequesis se regirá por las orientaciones y el protocolo elaborado por la Delegación diocesana de Catequesis al inicio de curso.
  10. Reuniones de trabajo, encuentros, conferencias, … Pueden realizarse actividades, respetando los aforos según el nivel de alerta:
    • Nivel de alerta 1: aforo máximo del 75% del lugar de celebración, con un límite máximo de 50 asistentes.
    • Nivel de alerta 2: aforo máximo del 50 % del lugar de celebración, con un límite máximo de 30 asistentes.
    • Niveles de alerta 3 y 4: un máximo de 6 personas o de forma telemática, procurando que su duración sea la mínima necesaria para conseguir el objetivo de la reunión.
  11. Pastoral Juvenil. Pueden realizarse actividades respetando los aforos según el nivel de alerta:
    • Nivel de alerta 1: cuando se desarrollen al aire libre, 75% de su asistencia máxima habitual, con un máximo de 250 participantes, incluyendo los monitores. Cuando se desarrollen en espacios cerrados, 75% de la capacidad máxima del recinto, con un máximo de 150 participantes incluidos los monitores.
    • Nivel de alerta 2: cuando se desarrollen al aire libre, 50% de su asistencia máxima habitual, con un máximo de 150 participantes, incluyendo los monitores. Cuando se desarrollen en espacios cerrados, 50% de la capacidad máxima del recinto, con un máximo de 100 participantes incluidos los monitores.
    • Niveles de alerta 3 y 4: cuando se desarrollen al aire libre, 33% de su asistencia máxima habitual, con un máximo de 50 participantes, incluyendo los monitores. Cuando se desarrollen en espacios cerrados, 33% de la capacidad máxima del recinto, con un máximo de 25 participantes incluidos los monitores, sin perjuicio de que en el nivel 4 se puedan adoptar medidas sanitarias preventivas excepcionales, entre las que podrá acordarse la suspensión de la actividad
    • En los niveles 2, 3 y 4, se suspende la pernocta en las actividades.
  12. Acción caritativa y despacho parroquial. Pueden mantenerse, pero con las normas de higiene, distancia y aforo referidas al resto de actividades.