Asignación Tributaria

El acuerdo del 3 de enero de 1979 entre la Santa sede y el Estado español establece el compromiso del Estado de colaborar con el adecuado sostenimiento de la Iglesia católica, estableciendo un sistema de Asignación Tributaria.

Mediante la disposición adicional 18ª de la Ley 42/2006 del 28 de diciembre, de los Presupuestos Generales del Estado para 2007, se establece el nuevo sistema de Asignación Tributaria, vigente desde 2007, por el cual la Iglesia ya no recibe cantidades con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para su sostenimiento básico, desapareciendo así lo que se conoce como complemento presupuestario.

De este modo, la Iglesia ya no recibe cantidades con cargo a los presupuestos Generales del Estado para su sostenimiento básico, sino que los ciudadanos que lo deseen pueden decidir que el 0,7% de su contribución se destine a las necesidades de la Iglesia, marcando la X a favor de la Iglesia católica en su declaración de la renta. Este hecho es de una gran importancia puesto que, de este modo, el sostenimiento de la Iglesia depende exclusivamente de las aportaciones de los fieles a través de las distintas formas establecidas para ello (IRPF, donativos, etc.)

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