PREGUNTAS FRECUENTES (F.A.Q.)

Esta afirmación se repite en no pocas ocasiones, pero no es cierta. Desde el cambio en el modelo de asignación tributaria que se realizó en 2007, no hay ninguna asignación en los Presupuestos Generales del Estado para el sostenimiento de la Iglesia. La Iglesia se financia únicamente a través de aquellos que marcan la X de la Iglesia en su Declaración de la Renta: bien porque son creyentes, bien porque valoran la labor de la Iglesia y, de esta forma, libremente, destinan el 0,7% de sus impuestos a este fin concreto. Es un ejercicio de libertad de cada contribuyente que así lo decide. Ese dinero no es del Estado sino que es del contribuyente. Se trata de la oportunidad de destinar solo el 0’7 % de los impuestos a ese fin concreto de forma totalmente voluntaria. También el contribuyente podría elegir marcar la casilla de Otros fines sociales o ambas; es más: la Iglesia no tendría inconveniente en que hubiera casillas para otras confesiones religiosas o para hacer carreteras o para investigación y desarrollo… La casilla de la Iglesia en la Declaración de la Renta es una oportunidad para el contribuyente de decidir dónde quiere que se destinen parte de sus impuestos. El Estado actúa como mero intermediario, haciendo llegar el dinero que otorgan los contribuyentes que así lo deseen. Así de sencillo.

Insistimos: la Iglesia solo recibe del Estado la cantidad de dinero que los contribuyentes deciden al marcar la casilla en la Declaración de la Renta. Según los últimos resultados, la Iglesia recibirá algo más de 250 millones de la Declaración de la Renta de 2015. ¿Qué ocurre entonces? Que esas cifras publicadas por unos y otros suman también como de la Iglesia, por ejemplo, el dinero que reciben los colegios concertados. En este caso, los colegios concertados reciben ese dinero no por ser de instituciones de la Iglesia sino por ser colegios. ¿Hay colegios con otros idearios? Por supuesto. Y también reciben dinero por cada plaza. ¿Por qué? Pues porque ofrecen a la sociedad su propuesta educativa y quien quiere, la elige. Por tanto, ese dinero no va a parar a la Iglesia sino que tiene un destino claro: el colegio. Tiene un trasfondo en la Constitución Española claro: la libertad de los padres para elegir la educación de sus hijos. Y así sucesivamente en el ámbito de la sanidad, en el cuidado de ancianos, en la conservación del patrimonio, etc. Y es que la Iglesia no tiene ningún régimen fiscal especial sino que está sometida al régimen fiscal general.

El artículo 16 de la Constitución Española de 1978 establece que los poderes públicos “mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones”. Además, el Acuerdo sobre Asuntos Económicos entre la Santa Sede y el Estado español de enero de 1979, establece que “el Estado se compromete a colaborar con la Iglesia en la consecución de su adecuado sostenimiento económico, con respeto absoluto del principio de Libertad Religiosa”. Sin embargo, es necesario remarcar que cooperación y colaboración no implica financiación directa ni subvención. De hecho, hay también convenios de colaboración con las otras comunidades religiosas: judíos, islámicos, evangélicos, etc. Estas confesiones reciben fondos para proyectos a través de la fundación pública “Pluralismo y Convivencia”, financiada (aquí sí, directamente) por los Presupuestos del Estado.

Así es. Es muy difícil conocer con exactitud la cantidad que la Iglesia le ahorra al Estado. Solo en el campo educativo, donde este cálculo es mucho más sencillo, podemos afirmar que, según datos del propio Ministerio de Educación, una plaza en un centro público tiene un coste anual de 3.518 euros. En un centro concertado, esa misma plaza cuesta al erario público únicamente 1.841 euros. Únicamente por este concepto, y tomando como base los datos de gasto público del Ministerio de Educación en 2009, la Iglesia ahorra al Estado 4.399 millones de euros.

No es cierto. Se confunde aquí la aportación de la Iglesia con la donación de la Conferencia Episcopal Española. En realidad, cuando se habla de ese 2% se trata de un donativo que se viene realizando desde la CEE en los últimos cuatro años. La cantidad se ha ido incrementando anualmente hasta situarse en el 2,17% actual. En 2011 se han donado 5 millones de euros. Y en estos cuatro años (2008-2011), se ha entregado un total de 13,8 millones de euros.

Además, cuando se habla de esa “escasa” aportación del 2% se toma como base el presupuesto presentado por Cáritas Española y no se hace referencia alguna a las Cáritas diocesanas, una verdadera red que llega a todos por medio de las Cáritas parroquiales.

El 65% de los fondos de Cáritas proceden de donaciones privadas. La gran mayoría de esos fondos provienen de instituciones y de personas de la misma Iglesia.

Empezaremos señalando que la Iglesia no tiene ningún régimen fiscal especial, ni ningún trato de favor. La Iglesia está sometida al régimen fiscal general del resto de entidades no lucrativas (fundaciones, asociaciones de utilidad pública, etc.).

Si hablamos de la exención del IBI, hay que recordar que esta medida es un incentivo fiscal regulado en la Ley de Mecenazgo (Ley 49/2002), que considera que muchas instituciones desarrollan una labor valiosa para la sociedad. ¿Qué tipo de instituciones están exentas? No sólo la Iglesia está exenta del pago del IBI: también lo están las federaciones deportivas, las sedes de los partidos políticos, las comunidades hebreas y musulmanas, el Museo del Prado, la SGAE, el Hotel Ritz, el Palacio de Liria… Así que no podemos decir que haya un trato de favor, ya que claramente no solo afecta a la Iglesia, sino que ésta se encuentra sometida al régimen fiscal general.

¿Y es coherente esta exención del IBI a estas entidades?
Es lógico que un Estado democrático como el nuestro, que aspira a respetar a todos los ciudadanos y sus iniciativas (siempre dentro de la Ley), promueva e incentive –también fiscalmente– a quienes trabajan en favor del bien común.

Claro que las paga: basuras, vados de garajes, etc. No hay ninguna exención prevista en la ley relacionada con el pago de estas tasas. Por tanto, como cualquier ciudadano, entidad o administración, la Iglesia debe pagar todos los impuestos. Y así lo hace.

Desde su origen se han construido templos, ermitas, santuarios, con un objetivo claro: servir a Dios y a su pueblo. Cuando se dice que son de la Iglesia, quiere decir que pertenecen al pueblo cristiano, y que la Iglesia, como institución, se encarga de mantenerlos y custodiarlos.

El mantenimiento de dichos templos se ha venido haciendo desde hace siglos con muchísimo esfuerzo humano y económico (a través de las aportaciones de sus fieles). Se hace todo lo que se puede para mantenerlos en el mejor estado posible. Muchos de los templos y monumentos tienen un increíble valor artístico y cultural y son atractivos turísticos de nuestro país. La Iglesia es garantía de la conservación de esos edificios, que están abiertos para todo aquel que desee contemplarlos.

Este patrimonio en forma de catedrales, iglesias, ermitas, santuarios, no se plantea como una riqueza en sí misma, ni supone un tesoro económico o fuente de negocio. Se ha planteado siempre como servicio a los demás, es un tesoro cultural para todos, pero en ningún caso un tesoro económicamente rentable. Más bien todo lo contrario: cuesta muchísimo mantener edificios con tantos años de vida.

Esta afirmación es completamente irreal. Jamás se ha cobrado entrada para que alguien pueda entrar a rezar en una iglesia o en la propia catedral. La entrada que se cobra en estos lugares es para poder realizar en ellos una visita turística, al igual que tienes que pagar una entrada para ver el Museo del Prado, por ejemplo. Además, el importe de dicha entrada se destina íntegramente al sostenimiento del templo, así como de los trabajadores que desempeñan su labor en él. Nadie pretende enriquecerse con ese dinero.

Si lo que deseas es entrar a estos lugares para encontrarte con el Señor, puedes hacerlo libremente. Disponen de unos horarios de libre acceso, o lugares disponibles para realizar un ratito de oración. Por ejemplo, en la Catedral tienes a tu disposición la capilla de San Segundo (con la entrada por la calle del mismo nombre). Si no te cuadran ni los horarios ni los espacios, te recordamos que, si lo que deseas verdaderamente es rezar ante el Señor, existe en pleno centro de Ávila una Capilla de Adoración Perpetua, abierta durante prácticamente el día entero. Visítala en la calle Reyes Católicos.

Además, recordamos que para todos los abulenses, la entrada para realizar una visita turística a la Catedral es completamente gratuita. Tan sólo tienes que enseñar tu DNI en la taquilla.

Durante siglos, nadie había puesto en cuestión la propiedad de muchos edificios porque era evidente a quién pertenecía una catedral o una pequeña ermita perdida de cualquier pueblecito. Lo mismo sucedía con ayuntamientos y con edificios públicos. Estaban sin registrar. En el año 1998, para no colapsar la Administración, se promulgó una Ley permitiendo que la Iglesia pudiera inmatricular sus edificios. Fue una cuestión meramente práctica y burocrática. Se ha legalizado una realidad que ya existía.

Tan sólo edificios que evidentemente son suyos, porque en su momento los construyó el pueblo cristiano para rezar y celebrar la Eucaristía juntos. Ni más ni menos.